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¡Únase al Consejo Vecinal del Histórico Highland Park!

¡Venga a ser la voz de su comunidad! Actualmente contamos con vacantes. Para obtener más información sobre la labor de HHPNC, por favor visite Acerca de HHPNC y ¿Qué es un Consejo Vecinal?. Las partes interesadas pueden postularse para ser elegidas como miembros de la junta directiva, ser designadas para un comité de su interés y/o servir como enlace del HHPNC. Las partes interesadas también pueden presentar propuestas al consejo.

Formulario de voluntariado

 

¿Quiénes son nuestros grupos de interés?

Toda persona que resida, trabaje, estudie, practique su culto o posea propiedades o un negocio dentro de los límites de HHPNC se considera una parte interesada. También se incluyen las partes interesadas de interés comunitario que pertenezcan a organizaciones de servicios con sede local que cumplan con los requisitos específicos establecidos en la Sección 22.801.1 de la Carta de la Ciudad de Los Ángeles. Vea el mapa de nuestros límites aquí.

Propuestas de los interesados:

(Estatutos del HHPNC – Artículo VIII, Sección 2) Cualquier parte interesada podrá presentar una propuesta para que el Consejo adopte medidas al respecto en la siguiente reunión ordinaria de la Junta Directiva, mediante la presentación de una solicitud por escrito al Secretario o durante el periodo de comentarios públicos de una reunión ordinaria del Consejo. Línea de sucesión en caso de que no haya un Secretario disponible: Presidente, Primer Vicepresidente, Segundo Vicepresidente o el Tesorero. El Secretario remitirá la propuesta a un Comité Permanente o, en la siguiente reunión ordinaria del Consejo, la Junta Directiva considerará la propuesta o creará un Comité *Ad Hoc* para examinarla. El Consejo tiene la obligación de considerar la propuesta en una reunión de un Comité o de la Junta Directiva, pero no está obligado a adoptar medidas adicionales con respecto a dicha propuesta. Las propuestas presentadas en virtud de esta subsección están sujetas a las normas relativas a la reconsideración.

 

Función de los miembros del Comité de Partes Interesadas:

Con excepción del Comité Ejecutivo, se pueden nombrar hasta 4 partes interesadas para formar parte de cualquier comité de interés. Todos los comités actuarán como órganos consultivos facultados para formular recomendaciones a la Junta Directiva. Las propuestas para la creación de comités podrán provenir de las partes interesadas o de los miembros de la Junta Directiva; todas dichas propuestas serán sometidas a votación por la Junta.

 

Nombramiento de los miembros del Comité de Partes Interesadas:

 

Los miembros del Comité de Partes Interesadas serán designados para cubrir las vacantes por el propio Comité; en ausencia de cuórum, dichas vacantes serán cubiertas por la Junta Directiva. Los miembros del Comité podrán continuar en el ejercicio de sus funciones hasta que presenten su renuncia o sean removidos de su cargo, siguiendo el mismo procedimiento mediante el cual fueron designados.

 

Función de los enlaces del HHPNC:

Persona de contacto designada para asistir a reuniones y ayudar a difundir noticias provenientes de los funcionarios electos de la Ciudad de Los Ángeles, sus departamentos e incluso de otras coaliciones de Consejos Vecinales que colaboren en temas específicos. A lo largo del año, diversas agencias solicitarán a EmpowerLA la información de contacto de los enlaces con el fin de enviar invitaciones a reuniones o eventos de interés, recabar opiniones o, simplemente, solicitar ayuda para compartir información con los Consejos Vecinales y las partes interesadas. Su disposición a desempeñar el rol de persona de contacto contribuirá a que su Consejo Vecinal logre mejorar la capacidad de respuesta del gobierno ante las necesidades de su comunidad.

 

Nombramiento del enlace de HHPNC:

Las partes interesadas deben enviar un correo electrónico a la Junta Directiva a info@highlandparknc.com, adjuntando una carta de interés para desempeñar el rol de enlace con una oficina o departamento específico de la Ciudad de Los Ángeles, o con una alianza o coalición de NC. Consulte la lista de vacantes aquí. Los enlaces de HHPNC serán designados para cubrir las vacantes durante una reunión general de la Junta Directiva, mediante el voto de la mayoría simple de sus miembros. Los enlaces podrán continuar en el cargo hasta que presenten su renuncia o sean removidos del mismo, siguiendo el mismo procedimiento mediante el cual fueron designados.

Función de los miembros de la Junta:

La Junta Directiva se compone de 19 miembros voluntarios: 13 Directores Generales (At-Large), 1 Puesto Juvenil (para edades de 14 a 17 años) y 5 Cargos Directivos (Presidente, 1 Vicepresidente, 2 Vicepresidente, Tesorero y Secretario).  Los miembros de la Junta se desempeñan, ya sea por elección o por nombramiento, como integrantes de un órgano asesor del Concejo Municipal, representando a una comunidad diversa de más de 60.000 partes interesadas.  Los miembros de la Junta Directiva pueden esperar dedicar entre 8 y 15 horas al mes a la revisión y preparación de documentos; la oratoria pública y la interacción con la comunidad; la planificación y asistencia a las reuniones obligatorias; la planificación y participación en actividades y eventos públicos del HHPNC; la realización de las capacitaciones requeridas por la Ciudad; y otras tareas administrativas y de apoyo logístico. Tenga en cuenta que, si bien un miembro de la Junta presta juramento como funcionario público de Los Ángeles —y, por tanto, está sujeto a las mismas leyes, reglamentos y políticas estatales y municipales que rigen para los funcionarios de la Ciudad—, este cargo no es remunerado. En nuestros Estatutos se detallan aspectos más específicos sobre estas funciones.

 

La Junta alienta encarecidamente a cada miembro del consejo a presidir o participar en un comité de su interés y/o a servir como enlace del HHPNC ante alguna alianza o coalición de Consejos Vecinales (NC).

 

Asimismo, cualquier persona que ejerza como Oficial de la Junta deberá asistir mensualmente a una reunión del Comité Ejecutivo, la cual se celebrará con anterioridad a la reunión ordinaria de la Junta Directiva, con el propósito principal de revisar y establecer el orden del día de dicha reunión. Los Oficiales de la Junta pueden esperar dedicar entre 15 y 20 horas mensuales a las actividades de la Junta.

De conformidad con nuestros Estatutos, contamos con una política de asistencia para los miembros de la Junta: cualquier miembro de la Junta que falte a tres (3) reuniones consecutivas programadas regularmente de la Junta Directiva del Consejo Vecinal, o a un total de cuatro (4) reuniones de la Junta Directiva durante un periodo de doce (12) meses, podría estar sujeto a ser destituido de la Junta mediante una decisión de la misma.

 

Ver video Qué significa ser candidato a un Consejo Vecinal

PERIODO 2025-2027

Para cualquier miembro de la junta, ya sea elegido o designado, el periodo de mandato en el HHPNC se extenderá hasta finales de junio de 2027. El periodo 2027-2029 comenzará en julio de 2027.

PROCESO DE CANDIDATURA

Los candidatos deben completar una solicitud y presentar pruebas de su condición de parte interesada. Tras la confirmación de dicha condición, el candidato será incluido en la papeleta electoral (en un año de elecciones) o será considerado por la Junta Directiva para su nombramiento en caso de vacante.

 

Años electorales:

Los candidatos tendrán la oportunidad de presentar una fotografía y una declaración para su publicación en la boleta electoral. Asimismo, podrán ser invitados a intervenir en un foro de candidatos durante una reunión de la Junta General, con el fin de responder a las preguntas del público. Serán elegidos por mayoría simple de los votos de las partes interesadas, bajo la supervisión de la Oficina del Secretario Municipal de Los Ángeles. Véase Elecctiones.
 

Nombramientos para vacantes:

Toda vacante en la Junta Directiva será cubierta por una Parte Interesada que cumpla con los requisitos de elegibilidad para ocupar el puesto vacante en la Junta. En ningún caso se cubrirá una vacante en un plazo inferior a treinta (30) días a partir de la fecha en que se produzca, a fin de permitir la difusión a la comunidad. No obstante, bajo ninguna circunstancia se cubrirá un puesto vacante si la elección para cubrir dicho puesto está programada para celebrarse dentro de los sesenta (60) días siguientes.

Las vacantes en la Junta Directiva se cubrirán mediante la actuación de la Junta y siguiendo el siguiente procedimiento:
A. Las notificaciones de vacantes se incluirán en la agenda de cada reunión de la Junta Directiva.
B. Todo interesado (stakeholder) que desee cubrir una vacante en la Junta deberá presentar una solicitud en línea ante el Comité Ejecutivo a través del sitio web.
C. Tras la confirmación de la condición de interesado por parte del Comité Ejecutivo, todos los candidatos elegibles podrán ser elegidos mediante el voto mayoritario de los miembros de la Junta presentes en una reunión pública.
D. Si se han presentado múltiples solicitudes para un mismo puesto, resultará elegido el candidato que obtenga el mayor número de votos.
E. El candidato ganador ocupará el puesto en la Junta por el tiempo restante del mandato correspondiente, a menos que se celebre una elección o proceso de selección con anterioridad.
F. El mandato del candidato designado se limitará al periodo correspondiente al puesto que ha quedado vacante.

 

¡Actualmente hay vacantes en la Junta Directiva!

Para ser considerado para el nombramiento en una vacante declarada, por favor complete el

FORMULARIO DE SOLICITUD PARA VACANTE DE MIEMBRO DE LA JUNTA  (el formulario se encuentra enlazado).

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